El 26 de mayo en Bilbao se celebró un debate en la Asamblea General de la SEF y votación posterior sobre si el registro de actividad de los centros de reproducción asistida se debía hacer y si debía ser público o no.
Hubo acuerdo, diría que unánime, en hacer el Registro pero no en que fuese público. Ganó la propuesta de la Junta Directiva y el responsable del Registro, Dr. Castilla pero perdió la SEF pues más del 40% de votantes no éramos partidarios de que los datos facilitados por los centros fuesen públicos. Se entiende hacerlos públicos centro por centro y técnica por técnica y el porcentaje de gestaciones conseguidas por cada centro y en cada técnica.
La propuesta a votar era a toma o daca porque había un contrato entre la SEF y el Ministerio de Sanidad por el que la SEF se comprometía a recoger los datos de cada centro y enviarlos al Ministerio. Este contrato se firmó sin el aval y aprobación de la Asamblea General, avocada a aprobarlo o rechazarlo. Los datos enviados a la SEF por los centros los publicarían la SEF y/o el Ministerio para que los pacientes dispusiesen de información sobre qué centros tenían mejores resultados en cada técnica.
Se auditarían los centros para comprobar la correcta presentación de los datos y su veracidad. Anteriormente a la Asamblea se habrían auditado sobre un 20% de centros que habían accedido a dar sus datos. Otros no aceptaron la auditoría y algunos tras ser auditados sus datos no se publicaron. No se explicó porqué causa. La situación vivida en la asamblea, a veces tensa, me ha surgido las siguientes reflexiones.
1. Los socios de la SEF son personas, no centros. El voto se pedía a las personas, los socios, y se exigía (había que cumplir el contrato firmado con el Ministerio) que los centros diesen sus datos. Me parece que lo correcto era pedir el voto a los centros y no a los socios. Parece que se había hecho así pero muchos presentes manifestaron no haber recibido dicha petición de envío de los datos a la SEF. Los centros no son los socios de la SEF.
2. La Sanidad está transferida a las autonomías, si no a todas a la mayoría; ya enviamos los datos a la Generalitat; ¿por qué enviarlos a la SEF? Un socio manifestó que la Junta de Andalucía iba a obligar a que los centros le diesen los datos y que al parecer serían públicos. Se debería evitar duplicidades. En Cataluña que organizó el primer registro de España de TRA los datos se publican pero no con los resultados centro a centro.
3. Si más del 40% de socios votaron en contra de publicar los resultados centro a centro, técnica a técnica, ¿qué validez tendrán los datos recogidos por la SEF? Si no se hicieran públicos los datos, la participación podría ser cercana al 100% y podríamos conocer la actividad en España en este campo sin incentivar la carrera por aparecer en los primeros puestos del ranking.
4. Los centros que den los datos y tengan porcentajes de gestación mejores en una técnica ¿lo hacen mejor? Es una conclusión simplista pero es la que valoran los pacientes que escogerían el centro por los porcentajes de éxito publicados. Los centros de TRA, al menos en Cataluña, han de tener acreditación oficial para desarrollar su actividad. Significa que han de demostrar que las instalaciones y el personal son adecuados para desarrollar TRA. Muchos tenemos la ISO 9001:2008, incluso el certificado de la SEP (Sanidad Excelente Privada) y no estamos de acuerdo con hacer públicos los datos centro a centro y técnica a técnica. Esta posición viene de que en los éxitos influye mucho la indicación. Si nos atenemos a la inseminación artificial conyugal (IAC), decir los ciclos hechos y las gestaciones obtenidas es una información pobre que no informa sobre la correcta práctica de la IAC. Se ha de especificar en la IAC no sólo la edad de la mujer, sino también si es en ciclo espontáneo o estimulado, calidad del semen inseminado, si se refiere a un ciclo de IAC o a la tasa acumulativa de varios ciclos, etc. Si el objetivo de cada centro es ocupar los primeros puestos en esa lista de resultados publicitada, es decir, publicadas con intención de publicidad, no se aceptarían mujeres de 38 o más años para IAC dados los pobres resultados, aunque la mujer deseara hacerse IAC y descartara la FIV. No se respetaría su decisión. Tiene derecho a que se respete salvo que la valoración médica sea de nula probabilidad de éxito. Y todo por salir en el ranking de la SEF-Ministerio en puestos de cabeza. A nivel de FIV por el motivo citado se tendería a transferir más embriones que en la actualidad si entramos en ese juego perverso. Comportaría peor servicio a los pacientes. Es la dictadura del ranking. Los centros publicos tienen exceso de demanda de TRA; no tienen que conseguir pacientes que sostengan los costes económicos del centro, y tiene limitaciones como el número de ciclos, en la recepción de óvulos donados, etc. A veces siguen haciendo IAC en espera de que en esa pareja puedan hacer FIV. Son múltiples factores, intereses y enfoques que inciden en los resultados. Es muy simplista dar en una técnica concreta, edad de la mujer, número de casos y resultados. Que no nos quieran hacer creer que el registro es para beneficio de los pacientes.
5. Otros aspectos a tener en cuenta es quién audita, qué porcentaje de centros auditados, cómo se seleccionan los centros que van a ser auditados, veracidad de los datos, etc. ¿Habrá interventores de otros centros para corroborar los datos?
6. El registro ha de ser público porque se ha de cumplir la Ley. La Ley dice que se organiza un registro público pero no que lo haga la SEF, sino el Ministerio. Dicen también que dicho registro se organizará en el plazo de seis meses. Al no cumplirse el plazo citado (la Ley es del 2006) ese artículo queda sin validez según doctrina del Tribunal Constitucional. No hay por tanto obligación de hacer el Registro.
Mi postura es bien clara: Registro si, registro público ya hace años que lo tenemos en Cataluña. No tal como lo pedía la SEF en Bilbao.
Simón Marina Avendaño